En la sentencia SC963-2022, proferida por la Sala de Casación Civil sobre contrato de compraventa, se podrá encontrar, entre otros temas los siguientes:
✔️ Simulación absoluta para defraudar los intereses de la sociedad conyugal.
✔️ Apreciación probatoria de los varios hechos indicadores de mendacidad.
✔️ Los convocados -partes del contrato de compraventa- no lograron demostrar que el negocio que declararon públicamente, implicaba un ánimo de transferencia a título de dación en pago.
✔️ Se muestra impertinente descartar la simulación de un contrato so pretexto de que alguno de los “indicios” no quedó probado, pues tal conclusión supondría que el doblez de la voluntad se acredita mediante una simple comprobación cuantitativa –la verificación de los hechos indiciarios–, y no a partir del análisis conjunto y racional de la evidencia, que es como corresponde en un sistema de valoración probatoria asentado en la sana crítica, como el previsto en la legislación procesal civil vigente.
✔️ Análisis en perspectiva de género y casación de oficio.