LEY DE JUSTICIA Y PAZ - Beneficios: exclusión, incumplimiento de los compromisos

Temas:

  • LEY DE JUSTICIA Y PAZ – Beneficios: exclusión, incumplimiento de los compromisos

  • LEY DE JUSTICIA Y PAZ – Víctimas: reparación, medidas para garantizarla, garantías de no repetición

  • LEY DE JUSTICIA Y PAZ – Beneficios: exclusión, incumplimiento de los compromisos, vulneración a las garantías de no repetición

  • LEY DE JUSTICIA Y PAZ– Beneficios: exclusión, la solicitud tardía de la Fiscalía, no desnaturaliza la pretensión

     

    La Sala de Casación Penal, decidió el recurso de apelación interpuesto por HGS y su defensora, contra el auto mediante el cual la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Barranquilla resolvió la terminación del proceso de justicia y paz, y su exclusión de la lista de postulados.

     

    La Corte confirmó el auto apelado, por cuanto la fiscalía acreditó que HGS incumplió los fines del proceso de Justicia y Paz, al desconocer los derechos de las víctimas y ejecutar actos revictimizantes, cuando citó a menores de edad, varias de ellas víctimas de agresiones sexuales en el pasado, para que lo visitaran a la cárcel a sostener relaciones sexuales, y, con ello se configuró la causal prevista en el numeral 1 del artículo 11 A de la Ley 975 de 2005 adicionado por el artículo 5º de la Ley 1592 de 2012 que impone la terminación del proceso de justicia y paz y exclusión de la lista de postulados.

     

    Para el efecto recordó que, no fue a partir de la Ley 1592 de 2012 cuando el legislador previó la exclusión del postulado de este trámite especial, ya que desde que se produjo la desmovilización, se sometió a las reglas previstas en la Ley 975 de 2005, con la cual también se excluía a los postulados que incumplían sus obligaciones.

     

    Finalmente, clarificó que, el hecho de que la fiscalía se haya demorado en solicitar la exclusión, no tiene la virtualidad de desnaturalizar la pretensión o tornar inexistente el hecho o los hechos que dieron lugar a la estructuración de la causal.

  • Consulte aquí el contenido completo de la sentencia AP337-2024(64509).pdf 

Corte Suprema de Justicia

Dirección:

Palacio de Justicia Alfonso Reyes Echandía, Bogotá D. C. – Colombia

Horario de atención:

Lunes a Viernes de 8:00 a. m. a 1:00 p. m.  y de 2:00 p. m.  a 5:00 p. m.

Teléfono de Conmutador:

Directorio Telefónico:

SÍGANOS EN

Views: 227