TEMAS:
- BIENES BALDÍOS – Evolución normativa
- BIENES BALDÍOS – Evolución jurisprudencial
- BIENES BALDÍOS – Regulación: por medio de Acuerdo Distrital
- BIENES BALDÍOS – Regulación: por medio de Acuerdo Distrital, Programa de Baldíos en Cartagena
- BIENES BALDÍOS – Declaratoria
- ESCRITURA PÚBLICA – Concepto
- BIENES BALDÍOS – Declaratoria: a través de escritura pública, no es de carácter obligatoria
- BIENES DE USO PÚBLICO – Playa marítima: Cartagena, sector El Laguito, formación
- BIENES DE USO PÚBLICO – Playa marítima: demostración
- PRUEBA PERICIAL – Informe de oceanografía física: apreciación probatoria
- BIENES DE USO PÚBLICO – Características: inalienabilidad, por objeto ilícito
- CONTRATO SIN CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS LEGALES – No se configura: cuando el bien objeto del contrato no es de uso público
- BIENES BALDÍOS – Enajenación de tierras adjudicadas: requisitos, avalúo del bien
- CONTRATO SIN CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS LEGALES – No se configura: cuando el bien baldío objeto del contrato es enajenado cumpliendo las disposiciones que lo regulan
- BIENES DE LA UNIÓN – Naturaleza
- CONSTITUCIÓN POLÍTICA – Artículo 82: es deber del Estado velar por la protección de la integridad del espacio público y por su destinación al uso común, el cual prevalece sobre el interés particular
- BIENES DE USO PÚBLICO – Características: inalienabilidad: impide que pueda fijarse un valor
- BIENES DE USO PÚBLICO – No se configura
La Corte Suprema de Justicia resolvió el recurso de impugnación especial promovido por la bancada defensiva y el procesado de D.G.T.L. contra la sentencia proferida por el Sala Penal del Tribunal Superior de Cartagena, que condenó por primera vez a J.C.P.F. y V.E.J., como coautores de los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación, a R.E.C.C. como cómplice de este último punible, y a D.G.T.L. y L.É.R.P como intervinientes especiales del mismo.
La Sala revocó la decisión de segunda instancia y en su lugar, confirmó el fallo proferido por el Juzgado Segundo Promiscuo del Circuito de Turbaco, en cuanto absolvió a J.C.P.F. y V.E.J. por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación en favor de terceros, y a D.G.T.L., L.É.R.P. y R.E.C.C. por el delito de peculado por apropiación en favor de terceros.
Para ello, la Corte desarrolló la teoría de los bienes de uso público, bienes baldíos y la evolución geográfica de las playas del sector El Laguito en la ciudad de Cartagena, con el fin de poder establecer si el objeto del contrato en cuestión, había recaído sobre un bien de uso público.
Al respecto, la Sala consideró que de acuerdo a la valoración probatoria, no se configuró el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, toda vez que el bien objeto del contrato, es un bien baldío, el cual cumplió con las disposiciones requeridas para su enajenación.
De otro lado, en lo que respecta al delito de peculado por a propiciación en favor de tercero, el ente acusador no logró desvirtuar la presunción de inocencia de los enjuiciados. [SP082-2023(59994)]
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