ANTOLOGÍA JURISPRUDENCIAL DE LA CORTE DE CASACIÓN
1886-2006
En el año 2006, la Corte Suprema de Justicia de Colombia se dio a la tarea de dirigir el compendio de la Jurisprudencia más emblemática de la Corporación, a propósito de la conmemoración de los 120 años como Corte de Casación.
Por amplia y democrática convocatoria de la Corporación fueron partícipes de este proyecto, entre otros, la Corte Constitucional, el Consejo de Estado, el Consejo Superior de la Judicatura, la Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo, los Tribunales Superiores de los Distritos Judiciales, los Ministerios, las Superintendencias, las Universidades, las Academias e Institutos de Derecho, los Exmagistrados y conjueces de la Corte Suprema y la comunidad jurídica en general.
La Antología de Jurisprudencia está integrada por seis volúmenes, dos por cada Sala Especializada. Cada uno de los volúmenes contiene dos índices: uno general y otro alfabético temático. La organización de las providencias está dispuesta de forma cronológica.
Cada jueves, tendrá a su disposición las sentencias emblemáticas de la Sala Civil que fueron seleccionadas para hacer parte de esta Antología Jurisprudencial. Hoy, le presentamos del Tomo I de la Sala Civil:
Integrantes de la Corte Suprema de Justicia 2006: aquí
Integrantes del Comité Editorial de la Antología Jurisprudencial: aquí.
TOMO I Sala Civil:
- MATERNIDAD EXTRAMATRIMONIAL: Tránsito de la legislación española a la legislación colombiana (25 de abril de 1893 – Gaceta VIII, 259)
- POSESIÓN EFECTIVA DE LA HERENCIA: Es distinta de la adjudicación (15 de noviembre de 1897 – Gaceta XIII-161)
- MANDATO: Revocación. Diferencias con el contrato de arrendamiento de servicios (06 de diciembre de 1899- GJ XV-1)
- TESTAMENTO: Revocabilidad. Reconocimiento de hijo por acto testamentario. Irrevocabilidad. Estado civil. Irrevocabilidad. (16 de julio de 1908- GJ XVIII- 342)
- TESTAMENTO: Interpretación de cláusulas genéricas y cláusulas determinables (27 de marzo de 1909 GJ XXIII 370)
- REPUDIACIÓN DE HERENCIA. Naturaleza. Requisitos. (05 de septiembre de 1911 GJ XX 260 )
- DERECHO DE ACRECIMIENTO EN MATERIA SUCESORAL. (24 de abril de 1912, GJ XXI 183 )
- NULIDAD DE CONTRATO: Es acción personal. No procede contra terceros poseedores. (18 de julio de 1912 GJ XXI 303)
- EMBARGO. Levantamiento de la medida. (25 de agosto de 1914 GJ XXIV 192)
- CESIÓN DE CRÉDITOS. No es contrato solemne. (30 de agosto de 1915, GJ XXV 125)
- DESLINDE Y AMOJONAMIENTO. Objeto. (03 de mayo de 1917, GJ XXVI 41)
- SIMULACIÓN. No afecta a los acreedores hipotecarios. (29 de septiembre de 1917 GJ XXVI 164 )
- MATRIMONIO. Interpretación del artículo 50 de la Ley 153 de 1887.(08 de julio de 1922 GJ XXIX 207 )
- AGUAS DE USO PÚBLICO. (18 de julio de 1922 GJ XXIX 223 )
- DAÑO MORAL. La dificultad para tasarlo no es óbice para fijarlo. ( 21 de julio de 1922 GJ XXIX 218 )
- CESIÓN DE CRÉDITOS EFECTUADA POR EL MANDATARIO EN INTERÉS PROPIO. Derechos del mandante. ( 29 de marzo de 1927 GJ XXXIV 65)
- CULPA CIVIL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS. Carga de la prueba de la diligencia o cuidado. (02 de febrero de 1932 GJ XXXIX 457 )
- FIDEICOMISO. Aplicación de normas sobre donaciones entre vivos. Aceptación por el fiduciario. (07 de marzo de 1932 GJ XXXIX 532)
- LESIÓN ENORME. No procede en contratos aleatorios. Venta de la nuda propiedad. (17 de agosto de 1933 GJ XLI 499)
- FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO. No procede cuando se trata de obligaciones de género. Aplicación de la teoría de la causa a los contratos de inejecución por fuerza mayor, total o parcial, de un contrato. (05 de julio de 1935 GJ XLII 52)
- DIFERENCIA ENTRE EL ACTO INEXISTENTE Y EL ACTO NULO. Acción de simulación. Legitimación del heredero a favor de la sucesión. (27 de julio de 1935 GJ XLII 333)
- LAS COSTAS PROCESALES. (19 de agosto de 1935 GJ XLII 455)
- TEORÍA DE LA RELACIÓN JURÍDICA PROCESAL. (27 de agosto de 1935 GJ XLII 470 )
- SOCIEDAD CONYUGAL. Bienes que la integran. El caso del dinero. (31 de agosto de 1935 – Gaceta XLII-486)
- ABUSO DEL DERECHO A LITIGAR. (30 de octubre de 1935 – Gaceta XLIII-310)
- RESPONSABILIDAD DEL ARRENDATARIO EN CASO DE INCENDIO. Obligaciones de medio y de resultado. Prueba del caso fortuito y de la ausencia de culpa. (30 de noviembre de 1935 – Gaceta XLIII-175)
- SOCIEDADES DE HECHO. Sociedad entre concubinos. (30 de noviembre de 1935 – Gaceta XLII-476)
- SIMULACIÓN. Legitimación de los terceros acreedores. (30 de noviembre de 1935 – Gaceta XLIII-400)
- TEORÍA GENERAL DEL ERROR. Clasificación. Características del error que vicia el consentimiento. (28 de febrero de 1936 – Gaceta XLIII-530)
- VENTA DE COSA AJENA. Venta de bienes después de disuelta la sociedad conyugal. Título y modo. (20 de mayo de 1936 – Gaceta XLIII-37)
- ERROR COMÚN CREADOR DE DERECHO. La buena fe exenta de culpa. Venta de inmuebles hecha por el marido. (20 de mayo de 1936 – Gaceta XLIII-44)
- DERECHO DE RETENCIÓN. Es de carácter restrictivo. (26 de mayo de 1936 – Gaceta XLIV-51)