OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE

Octavio Augusto Tejeiro Duque

El magistrado Octavio Augusto Tejeiro Duque, es abogado de la Universidad La Gran Colombia, es especialista en Derecho Procesal Civil de la Universidad Externado de Colombia y docente universitario en Derecho Constitucional, Procesal Civil y Romano en varias universidades del país.

Juez de carrera. Fue presidente del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio. En sus más de treinta años de ejercicio profesional en la judicatura, se ha desempeñado como juez promiscuo Municipal, promiscuo de Circuito y Civil del Circuito, magistrado auxiliar de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia y magistrado titular de los tribunales superiores de Medellín y Villavicencio. En el año 2013 recibió la condecoración “José Ignacio de Márquez” al Mérito Judicial, Categoría Plata, como mejor magistrado de la Jurisdicción Ordinaria.

 

MARJORIE ZÚÑIGA ROMERO

Marjorie Zúñiga Romero

Marjorie Zúñiga Romero, abogada de la Universidad del Norte de Barranquilla con título homologado en España; Especialista en Derecho Comercial de la Universidad Externado de Colombia; Magister y Doctora de la Universidad Pontificia de Salamanca en Ciencias del Seguro

dirigido a la organización, estructura y funcionamiento de los Sistemas de Seguridad Social. Experta en Seguridad Social por la Universidad Complutense de Madrid – España.

Profesora de la Universidad del Norte desde el año 2011; Coordinadora Académica de la Maestría en Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la misma institución, y profesora de cátedra en posgrados de la Universidad de los Andes, Externado e Icesi. Se desempeñó como Magistrada Auxiliar de la Corte Suprema de justicia, Sala de Casación Laboral – Descongestión (2017-2022).

Miembro del grupo de investigación en Derecho y Ciencias Políticas Categorizado por Colciencias, y Autora del libro “Humanizar la salud: Una propuesta desde el caribe colombiano. El caso Barranquilla”, así como de artículos de investigación, capítulos de libro y artículos de opinión en revistas especializadas.

MYRIAM ÁVILA ROLDÁN

Myriam Ávila Roldán

Es abogada especialista en Derecho Penal de la Universidad Nacional de Colombia y doctora en Derecho de la Universidad Externado de Colombia. Cuenta con una amplia experiencia profesional en la Rama Judicial y el Ministerio Público, en cargos como procuradora delegada para la investigación penal, magistrada auxiliar y encargada de la Corte Constitucional, defensora pública del Ministerio de Justicia, consultora de la Fiscalía General de la Nación y Directora Nacional de Recursos y Acciones Judiciales de la Defensoría del Pueblo. Directora de especialización y docente de la Universidad Nacional, en las cátedras de Protección de Derechos Humanos, Derecho Penal Constitucional, Derecho Penal Internacional, Derecho Penal Especial y Tendencias Contemporáneas del Derecho Penal. Ha publicado libros y artículos académicos sobre la tutela, los crímenes de guerra en el Código Penal y la adecuación del derecho interno a los estatutos de la Corte Penal Internacional, entre otros temas.

FERNANDO BOLAÑOS PALACIOS

Fernando Bolaños Palacios

Es abogado de la Universidad Javeriana, magíster y especialista en Ciencias Penales y Criminológicas de la Universidad Externado de Colombia; especialista en Derecho Constitucional, Derecho de Familia, Filosofía del Derecho y Teoría Jurídica de la Universidad Libre de Bogotá, especialista en Derecho Administrativo de la Universidad del Rosario, y especialista en Casación Penal de la Universidad La Gran Colombia. Tiene una trayectoria profesional de más de 28 años de experiencia en la Rama Judicial. Se ha desempeñado como profesional universitario, fiscal seccional y fiscal coordinador en la Dirección Seccional de Fiscalía de Bogotá, magistrado auxiliar y encargado de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, magistrado de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá y fiscal delegado ante la Corte Suprema de Justicia.

DIEGO CORREDOR BELTRÁN

Diego Corredor Beltrán

Es egresado de la Universidad Externado de Colombia, con estudios de especialización en Ciencias Penales de ese mismo claustro y de doctorado de Derecho en la Universidad Complutense de Madrid. Cuenta con una trayectoria profesional de más de 33 años en el ejercicio independiente del derecho penal, desempeñándose también como docente de tiempo completo en la Universidad Externado, conjuez de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia y, el presente año, como contratista del Ministerio de Minas y Energía. Profesor de las universidades Externado, Santo Tomás, Sergio Arboleda, Javeriana y Nacional de Colombia.

BLANCA NÉLIDA BARRETO ARDILA

Blanca Nélida Barreto Ardila

Es egresada de la Universidad Externado de Colombia, con maestría y especialización en Ciencias Penales y Criminológicas de esa misma universidad, especialización en Derechos Humanos de la ESAP y especialización en Derecho Sustantivo y Contencioso Constitucional de la Universidad Javeriana. En su amplia trayectoria profesional se ha desempeñado como defensora Pública del Ministerio de Justicia, abogada visitadora de la Procuraduría General de la Nación, fiscal delegada ante los jueces municipales, profesional de Comcaja, procuradora judicial y magistrada auxiliar de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia.

OLGA YINETH MERCHÁN CALDERÓN

Olga Yineth Merchán Calderón

Olga Yineth Merchán Calderón, quien reemplaza en el cargo al exmagistrado Ernesto Forero Vargas, es egresada y especialista en Derecho del Trabajo de la Universidad La Gran Colombia, con postgrado en Derecho Administrativo de la Universidad Militar Nueva Granada. Juez de carrera. Se ha desempeñado como juez promiscuo de los municipios cundinamarqueses de Zipacón, Sopó, Choachí, Sesquilé y El Colegio; juez laboral del circuito de Bogotá, magistrada de la Sala de Descongestión Laboral del Tribunal Superior de Bogotá, abogada asistente de la Sala de Casación Laboral y magistrada auxiliar de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura y la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia.

MARCO ANTONIO RUEDA SOTO

Marco Antonio Rueda Soto

El magistrado Rueda Soto es egresado de la facultad de Derecho de la Universidad Santo Tomás de Bucaramanga. Cuenta con cuatro especializaciones realizadas en las universidades Autónoma de Colombia, el Bosque, Externado de Colombia y La Gran Colombia, en Derecho Público, Bioética, Derecho Penal y Casación Penal, respectivamente. Juez de carrera, que inició su vida laboral como juez promiscuo municipal y luego ha sido juez de Instrucción Criminal, juez de Orden Público, juez Regional, magistrado del desaparecido Tribunal Nacional, abogado auxiliar y fiscal delegado ante la Corte Suprema de Justicia de la Fiscalía General de la Nación, y magistrado por concurso de méritos de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá.

Corte condena al senador Mario Alberto Castaño a casi 16 años de prisión y al pago de millonaria multa

Bogotá, D.C., viernes 16 de junio de 2023. La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó al senador Mario Alberto Castaño Pérez a una pena de 15 años y 11 meses de prisión, al analizar los 19 delitos en los cuales aceptó cargos, tras acogerse a sentencia anticipada por hechos de corrupción en contratación.

La Corte lo condenó por los delitos de concierto para delinquir agravado, en calidad de autor, estafa agravada como determinador, peculado por apropiación consumado, -en algunos eventos como coautor interviniente y en otros como determinador-, peculado por apropiación en grado de tentativa como determinador y concusión en calidad de autor.

En la sentencia de primera instancia, la Sala también lo inhabilitó para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo tiempo de la pena, le impuso una multa de 11.968,54 salarios mínimos legales mensuales vigentes para la época de los hechos, más el pago de $1.060 millones de pesos, negándosele la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria.

La Sala Especial de Primera Instancia determinó que la prueba recaudada en este proceso soportó la aceptación de cargos realizada por el senador Mario Castaño, y condujo a la certeza sobre su responsabilidad penal en las conductas punibles que se le endilgaron.

Respecto al delito de concierto para delinquir agravado, la Sala encontró acreditada su responsabilidad penal señalando en la sentencia que, valiéndose de su cargo como senador de la República, Castaño Pérez lideró entre los años 2020 a 2022 una organización delictiva a través de la cual, en asocio con otras personas, acordó cometer diversos delitos, varios de ellos contra la administración pública.

La Corte consideró que su posición política le permitió tener contacto con diversos actores del sector público (alcaldes y funcionarios) y, a través de un entramado burocrático, interferir en diferentes procedimientos administrativos y de contratación que le facilitaron a la organización alcanzar su cometido delictivo y obtener provecho ilícito en detrimento del patrimonio del Estado.

Y frente al delito de estafa agravada, la Sala evidenció que el senador Castaño determinó a los particulares  Nova Lorena Cañón Reyes y James Peña Garzón a realizar artificios y engaños que llevaron a funcionarios del Ministerio de Cultura a creer equivocadamente que los dineros del proyecto de la Escuela Taller Salamina serían destinados de manera íntegra a ese propósito, cuando en realidad parte de esos recursos fueron desviados al patrimonio de Castaño Pérez y al de quienes intervinieron en el hecho, obteniendo así un provecho ilícito.

También quedó demostrado que, en el contrato de obra de la Unidad Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres y el consorcio San Miguel, el senador instigó a integrantes de la organización delictiva, entre ellos Santiago Castaño Morales y Juan Carlos Martínez para que se apropiaran de 1.560 millones de pesos, en beneficio propio y de otras personas. Todo esto, en detrimento del erario, lo cual llevó a la Sala de Primera Instancia a condenar a Castaño por el delito de peculado por apropiación en calidad de determinador.

En la sentencia condenatoria, contra la cual procede el recurso de apelación, la Corte también dio por acreditado que consiguió que los contratistas Juan Carlos Martínez Rodríguez y Daniela Ospina Loaiza, vinculados al Senado de la República, se apropiaran de recursos públicos por 40 millones de pesos. La condena destaca que con su posición de senador y usando sus poderes burocráticos no sólo logró que entraran a esa corporación, sino que también consiguió que se le diera trámite al pago de distintas cuentas de cobro pese a que había discordancias entre los informes presentados por ellos y el del supervisor del contrato.

Igualmente, la Sala también encontró demostrada la participación de Castaño Pérez como determinador de peculado por apropiación en grado de tentativa, relacionado con contratos de obra para la construcción de canchas sintéticas en los municipios de Piendamó y Balboa. Todo esto, al haber instigado a Santiago Castaño Morales, Juan Carlos Martínez Rodríguez y, directa o indirectamente, a varios funcionarios del nivel municipal para que se cometiera este delito.

También  fue condenado por el delito de concusión al exigir dinero -mediante Juan Carlos Martínez Rodríguez y Alejandro Noreña Castro-, a Carlos Andrés Serna Idárraga, Jorge Armando Ospina Bedoya, Luisa Daniela Pulgarín Acevedo y Luz Zoraida Albarracín Guzmán, a cambio de ubicarlos laboralmente a ellos o a sus familiares en el SENA o en la Contraloría General de la República. Se encontró que Castaño podía acceder a estos cargos aprovechando su condición de congresista.

Nulidad parcial

De otra parte, la Sala Especial de Primera Instancia decretó la nulidad parcial de la aceptación de cargos por los delitos de interés indebido en la celebración de contratos en relación con los estudios de diseño para la presentación de proyectos de canchas sintéticas de los municipios de Piendamó, Suárez y San Diego (Samaná), así como los contratos de obras derivados de los convenios interadministrativos respecto de Piendamó y Balboa, pues si bien el procesado aceptó su responsabilidad por esos hechos como “coautor interviniente”, de las pruebas en el proceso no se desprende que haya participado en esos delitos bajo esa calidad, sino como determinador.

Como una emisión de sentencia condenatoria en su contra como determinador de esos hechos implicaría agravar su situación imponiéndole una mayor pena, la Sala decretó la nulidad parcial de la aceptación de cargos por estos hechos con el fin de proteger el debido proceso y el derecho de defensa de Castaño Pérez.

La Sala también anuló la aceptación de cargos en lo relacionado con los delitos de peculado por apropiación en modalidad de tentativa, por hechos que tienen que ver con los proyectos de canchas sintéticas en los municipios de Suárez y San Diego, Samaná, así como lo relativo a los proyectos de “Sacúdete al Parque” en los municipios de Armero Guayabal, Tolima y Villamaría, Caldas. Frente a estos hechos, la Corte no encontró soporte probatorio que sustentara que fue determinador de esas conductas.

Sobre estos hechos, la Sala determinó que la aceptación de cargos que hizo el congresista no tiene una correspondencia con las pruebas que hacen parte del proceso. Debido a esto, se decretó la nulidad de su aceptación por estos cargos, con el fin de que se mantenga la investigación en aras de establecer cabalmente la tentativa de ese delito.

La decisión tuvo dos salvamentos de voto, pero en relación con temas distintos.

Consulte aquí el texto de la sentencia SEP077-2023 

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