Hilda González Neira, nueva magistrada de la Corte Suprema de Justicia

Bogotá, D.C., jueves 18 de febrero de 2021. La Corte Suprema de Justicia eligió a la jurista Hilda González Neira como nueva magistrada de la Sala de Casación Civil de la Corporación.

La magistrada Hilda González Neira, nacida en Suaita (Santander), es egresada de la Universidad Autónoma de Bucaramanga, con maestría en Derecho Administrativo de la Universidad Libre de Bogotá y especializaciones en Docencia Universitaria, de la Universidad Santo Tomás de Bogotá, y Derecho Privado Económico e Instituciones Jurídicas y Procesales de la Universidad Nacional de Colombia. Jueza de carrera. Se ha desempeñado como juez Civil Municipal en La Calera (Cundinamarca) y Bogotá, juez Civil del Circuito en Bogotá, y magistrada de los tribunales superiores de los distritos judiciales de Manizales y Bogotá.

Corte mantiene detención preventiva del senador Pulgar

Bogotá D.C., 08 de febrero de 2021. La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia declaró  impróspera la solicitud de control de medida de aseguramiento presentada por el defensor del senador Eduardo Enrique Pulgar Daza, detenido preventivamente por el concurso homogéneo y sucesivo de delitos de tráfico de influencias (Art.411 L.599/00).

La Sala determinó que la defensa del senador no logró demostrar la violación de garantía alguna, ni evidenció la configuración de ningún error de hecho o de derecho en la valoración de las pruebas, realizada por la Sala Especial de Instrucción al definir la situación jurídica de Pulgar Daza con medida de aseguramiento de detención preventiva.

Como consecuencia de la providencia, adoptada en sesión extraordinaria de la Sala Especial de Primera Instancia del 5 de febrero, se mantiene la medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimiento carcelario por la presunta comisión del delito de tráfico de influencias, dictada contra el congresista el 26 de noviembre de 2020.

Cabe precisar en que en dicha decisión, la Sala Especial de Instrucción se abstuvo de imponerle medida por el delito de violación de topes o límites de gastos en las campañas electorales y, al no ser procedente, no le definió situación jurídica por cohecho por dar u ofrecer.

Listado Tribunales de arbitramento 2021-2022

La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, convoca a los interesados en postularse para integrar la lista de árbitros de que trata el art. 453 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por el numeral 2° del art. 3° de la Ley 48 de 1968.

LISTA DEFINITIVA DE ÁRBITROS 

 

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LISTA DE INSCRITOS

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Acuerdo No. 086 de 12 de noviembre de 2020 – Convocatoria

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Invitación y Cronograma

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Corte mantiene separado de funciones a magistrado de Justicia y Paz procesado

Bogotá, D.C., lunes 25 de enero de 2021. Tras precisar que a pesar de recuperar la libertad por vencimiento de términos siguen vigentes los fundamentos de la medida de aseguramiento, la Corte Suprema de Justicia ratificó la separación temporal del cargo del magistrado de Justicia y Paz, Eduardo Castellanos Roso.

La determinación de mantener separado de funciones a Castellanos Roso, investigado, juzgado y pendiente de sentencia por los delitos de cohecho propio, soborno en actuación penal y revelación de secreto, fue adoptada porque no se tiene noticia de que en el proceso penal la detención preventiva haya sido revocada.

Para la Sala Plena del máximo tribunal de la jurisdicción ordinaria, “la vigencia de los fundamentos fácticos, probatorios y jurídicos que sustentaron la medida de aseguramiento de detención preventiva sin libertad provisional impuesta al doctor Castellanos Roso, constituye la concurrencia de la inhabilidad consagrada en el artículo 150-3 de la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia para desempeñarse como Magistrado de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá. Por ende, no es procedente disponer su reintegro a dicho cargo”.

“Cuando a un funcionario o empleado de la Rama Judicial, luego de formulada la imputación de cargos, se le impone detención preventiva sin excarcelación, tras estimarse que se cumplen los requisitos previstos en el artículo 308 de la Ley 906 de 2004 por cuanto, de un lado, de los elementos materiales probatorios, evidencia física e información legalmente obtenida, se infiere razonablemente que es autor o participe de la conducta delictiva que se investiga, y de otro, la medida de detención carcelaria resulta necesaria para el cumplimiento de sus fines constitucionales (evitar la obstrucción a la justicia, el peligro para la comunidad y las víctimas y la eventual no comparecencia del imputado), dicha circunstancia se erige en una inhabilidad para el ejercicio de la función judicial”, subraya la Corte .

Consulte aquí el contenido del Acuerdo 1529 de 2021:

[spiderpowa-pdf src=»https://cortesuprema.gov.co/corte/wp-content/uploads/2021/01/Acuerdo-1529-2021.pdf»]Acuerdo 1529-2021

 

Magistrado Luis Antonio Hernández Barbosa, nuevo presidente de la Corte Suprema de Justicia

Bogotá, D.C., jueves 21 de enero de 2021. La Sala Plena de la Corte Suprema de Justica eligió al magistrado Luis Antonio Hernández Barbosa como nuevo presidente de la Corporación, y al jurista Aroldo Wilson Quiroz Monsalvo como su vicepresidente.

Por su parte, las salas de Casación Civil, Laboral, Penal y Especiales de Primera Instancia e Instrucción designaron como presidentes a los magistrados Francisco José Ternera Barrios, Ómar Ángel Mejía Amador, Gerson Chaverra Castro, Jorge Emilio Caldas Vera y Misael Fernando Rodríguez Castellanos, respectivamente.

El magistrado Luis Antonio Hernández Barbosa es abogado de la Universidad Libre de Colombia y especialista en Derecho Penal. Es juez de carrera. Antes de ser magistrado de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, donde ejerció como presidente de sala, fue magistrado auxiliar de esta misma corporación. También ha sido fiscal auxiliar ante la Corte Suprema de Justicia, Director Seccional de Fiscalías, juez de Instrucción Criminal, juez Penal Municipal, magistrado auxiliar de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia y empleado judicial. Catedrático en Procedimiento Penal, Jurisprudencia, Casación y Recurso de Revisión, en las universidades Santo Tomás, Libre y de Medellín. Fue condecorado con la Medalla de Plata al Mérito Enrique Low Murtra por sus destacados servicios en la Fiscalía General de la Nación.

Por su parte, el magistrado Aroldo Quiroz Monsalvo es abogado de la Universidad Autónoma de Colombia, especialista en Derecho de Instituciones Jurídicas Familiares de la Universidad Nacional de Colombia y magíster en Derecho de la Universidad Nacional. Fue procurador delegado para la Defensa de la Infancia, la Adolescencia y la Familia; exdecano de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Colombia; exdirector del Posgrado de Familia de la Facultad de Derecho, Ciencias Sociales y Políticas de la Universidad Nacional de Colombia. En la actualidad, profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad Libre de Colombia. Fundador de la Estrategia Municipios y Departamentos por la Infancia y la Adolescencia en el año 2005, liderada por la Procuraduría General de la Nación, UNICEF y la Federación Nacional de Departamentos. Fundador y miembro honorífico de la Asociación de Facultades de Derecho “AFOCADE”. Miembro investigador de COLCIENCIAS. Tratadista en Derecho Civil y Derechos Fundamentales de la Infancia y la Adolescencia y Género. Autor de los textos: Manual Civil General Tomo I Sujeto de Derecho; Manual Civil Bienes Tomo II Civiles y Comerciales; Manual Civil Tomo V Matrimonios Civil y Religioso, Unión Marital de Hecho; Manual Civil Tomo VI Liquidación de Sociedades Conyugales y Patrimoniales de Hecho; Manual Derecho de Infancia y Adolescencia; La Enseñanza del Derecho en Serio; Coordinador del Texto Formación Integral de la Ley de Infancia y la Adolescencia publicado por la Universidad Nacional de Colombia; autor del módulo Nuevo Régimen de Guardas (Ley 1306 de 2009) publicado por el Consejo Superior de la Judicatura. Correlator e impulsor del nuevo Código de la Infancia y la Adolescencia. Exaltado en el 2010 con la máxima distinción que otorga la Procuraduría General de la Nación con la medalla Carlos Mauro Hoyos por los trabajos de infancia; exaltado en el 2008 por UNICEF-Colombia como fundador de la estrategia hechos y derechos.

El presidente de la Sala de Casación Civil, magistrado Francisco Ternera Barrios, es egresado de la Universidad del Rosario, doctor en Derecho Privado de la Universidad Alfonso X El Sabio de Madrid y máster en Derecho Administrativo de la misma Universidad, máster en Derecho privado y Derecho Civil de Paris II. Cuenta con veinte años de experiencia profesional en el desempeño de cargos como profesional especializado en el Ministerio de Justicia, abogado litigante, profesor universitario y conjuez de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia. Autor de varios libros tanto de derecho privado como de derecho administrativo. Director de la Línea Investigativa de la Universidad del Rosario.

El presidente de la Sala de Casación Laboral, magistrado Ómar Ángel Mejía Amador, es abogado de la Universidad del Atlántico, especialista en Derecho Laboral de la Universidad del Norte y en Derecho Administrativo de la Universidad Libre de Barranquilla, de donde es también magíster en Derecho y Seguridad Social. Cuenta con más de treinta años de actividad profesional, durante la cual ha sido asesor jurídico y abogado litigante, juez Promiscuo Municipal, juez Civil del Circuito y juez Laboral en Soledad (Atlántico); juez Laboral y magistrado del Tribunal Superior de Barranquilla. Catedrático de Derecho de la Universidad de la Costa.

El magistrado Gerson Chaverra Castro, nuevo presidente de la Sala de Casación Penal, es abogado de la Universidad Autónoma de Colombia, magíster en Ciencias Penales y Criminológicas de la Universidad Externado de Colombia y especialista en Derecho Penal y Criminología de la Universidad de Medellín, y Derecho Procesal Penal, Derecho Constitucional y Derecho Administrativo de la Universidad del Rosario. Cuenta con más de 25 años de experiencia en la rama judicial, 12 de ellos como servidor judicial en distintas poblaciones del departamento del Chocó como Riosucio, Tadó, Quibdó, Bahía Solano e Istmina, en las cuales se desempeñó como juez promiscuo municipal, juez penal municipal, juez promiscuo del circuito, juez penal del circuito y juez penal del circuito especializado; también ejerció del 2004 al 2007 como juez penal del circuito de Bogotá, de donde pasó a ser magistrado por concurso de méritos de la Sala Única del Tribunal Superior de Quibdó y, posteriormente, del Tribunal Superior del Bogotá, del cual fue presidente.

El presidente de la Sala Especial de Primera Instancia, magistrado Jorge Emilio Caldas Vera, es doctor en Derecho, magíster en Ciencias Penales y Criminología, especialista en Derecho Público, especialista en Ciencias Penales y Criminológicas, y abogado de la Universidad Externado de Colombia. También es Comunicador Social y Periodista de la Universidad Jorge Tadeo Lozano. Cuenta con una amplia trayectoria en el sector público y privado, con más de 25 años de ejercicio profesional en donde se desempeñó como abogado litigante en el área penal, magistrado auxiliar de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, defensor delegado para la Política Criminal y Penitenciaria en la Defensoría del Pueblo. Procurador Segundo Delegado para la Casación Penal ante la Corte Suprema de Justicia; y procurador Cuarto Delegado para la Investigación y Juzgamiento Penal ante la Corte Suprema de Justicia. Por veinte años fue Profesor Titular de la Facultad de Derecho en el área Penal (Sustancial, Especial y Procedimental) de la Universidad Externado de Colombia, y en la Universidad Católica de Colombia ejerció como profesor de Especialización en Derecho Penal.

El presidente de la Sala Especial de Instrucción, magistrado Misael Fernando Rodríguez Castellanos, es abogado especialista en Derecho Penal y Criminología de la Universidad Externado de Colombia, con una experiencia de más de 27 años en la Rama Judicial y el Ministerio Público. Cuenta con amplia carrera judicial desarrollada esencialmente en la Fiscalía General de la Nación a partir de 1993. Luego de un breve paso como oficial mayor del Juzgado 44 Penal Municipal de Bogotá, inició su trayectoria en la Fiscalía General de la Nación como investigador judicial del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), ocupando paulatinamente en riguroso orden ascendente los cargos de profesional universitario y fiscal delegado ante los Jueces Penales Municipales y Promiscuos, ante Jueces Penales del Circuito Especializados, fiscal auxiliar ante la Corte Suprema de Justicia y fiscal ante Tribunal Superior de Distrito Judicial. También ejerció los cargos de fiscal adscrito a los despachos del vicefiscal y fiscal general de la Nación, fiscal delegado ante la Corte Suprema de Justicia y director de Fiscalía de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. Fue agente del Ministerio Público en el cargo de Procurador 11 Judicial II Penal por concurso de méritos.

Como vicepresidentes de las salas de Casación Civil, Laboral, Penal y Especiales de Primera Instancia e Instrucción fueron designados los magistrados Octavio augusto Tejeiro Duque, Iván Mauricio Lenis Gómez, Fabio Ospitia Garzón, Blanca Nélida Barreto Ardila y César Augusto Reyes Medina.

Sala Laboral y Mintrabajo suman esfuerzos por derechos del trabajo

Bogotá, D.C., martes 19 de enero de 2021. La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia y el Ministerio del Trabajo firmaron un Memorando de Entendimiento con el objetivo de sumar esfuerzos para coordinar el impulso de actividades de promoción, compilación y difusión de las reglas jurisprudenciales en materia de derechos laborales individuales y colectivos.

El documento, suscrito por el presidente de la Sala Luis Benedicto Herrera Díaz y el ministro Ángel Custodio Cabrera Báez, tiene como fin contribuir al goce y garantía de los derechos fundamentales de la población colombiana, por medio de la creación de mecanismos de fomento y divulgación.

En el Memorando queda plasmado el interés común de las dos instituciones de generar unas bases generales de cooperación y entendimiento recíproco, en los esfuerzos de: diseñar e intercambiar una metodología para depurar las reglas que han sido decisorias en materia de derechos laborales; propiciar la coordinación efectiva de la Sala de Casación Laboral y el Ministerio del Trabajo en las actividades de difusión de las reglas jurisprudenciales en las decisiones más importantes en materia de derechos laborales; promover investigaciones académicas conjuntas en materia de garantía y efectividad de los derechos fundamentales; hacer publicaciones conjuntas e intercambiar material bibliográfico y didáctico, e impulsar escenarios de formación en materia de  promoción, difusión y defensa de los derechos humanos.

Entre otras consideraciones, el convenio tiene en cuenta compromisos internacionales asumidos por Colombia en materia laboral, tales como el plan de acción acordado con los Estados Unidos el año 2011, el cual señala que el Ministerio del Trabajo recopilará la doctrina, precedentes judiciales y jurisprudencia colombiana y la difundirá a los inspectores de trabajo, la rama judicial, los sindicatos y los empleadores.

Consulte aquí el texto completo del Memorando de Entendimiento:

[spiderpowa-pdf src=»https://cortesuprema.gov.co/corte/wp-content/uploads/2021/01/MEMORANDO-DE-ENTENDIMIENTO-SALA-DE-CASACIÓN-LABORAL-Y-MINISTERIO-DEL-TRABAJO.pdf»]MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO SALA DE CASACIÓN LABORAL Y MINISTERIO DEL TRABAJO

Sala Laboral firma memorando de entendimiento con Defensoría del Pueblo

Bogotá, D.C., lunes 14 de diciembre de 2020. La Corte Suprema de Justicia suscribió Memorando de Entendimiento con la Defensoría del Pueblo con el propósito de aunar esfuerzos de coordinación de acciones para la creación de mecanismos efectivos de promoción, compilación y difusión de las reglas jurisprudenciales de la Sala de Casación Laboral en materia de derechos laborales individuales y colectivos, con el fin de contribuir al goce y garantía de los derechos fundamentales de la población colombiana.

El documento, firmado por el presidente de la Sala de Casación Laboral Luis Benedicto Herrera Díaz y el defensor Carlos Ernesto Camargo Assís, también tiene por objeto lograr la efectiva implementación de políticas de fortalecimiento organizacional y simplificación de procesos, transparencia, acceso a la información pública, participación ciudadana en la gestión pública y racionalización de trámites.

El Memorando contiene el mutuo interés de la Sala y la Defensoría del Pueblo en generar unas bases generales de cooperación y entendimiento recíproco, al tiempo que establece mecanismos para diseñar e intercambiar una metodología de interacción, propiciar la citada coordinación de las actividades de difusión de las reglas jurisprudenciales en las decisiones más importantes en materia de derechos laborales, promover investigaciones académicas conjuntas en materia de garantía y efectividad de los derechos fundamentales, editar de publicaciones e intercambiar material bibliográfico y didáctico e impulsar escenarios de formación en materia de promoción, difusión y defensa de los derechos humanos.

[spiderpowa-pdf src=»https://cortesuprema.gov.co/corte/wp-content/uploads/2020/12/Memorando-de-entendimiento_compressed.pdf»]Memorando de entendimiento

Corte Suprema fija plazo de un año a plan de rescate del Parque Los Nevados

Bogotá, D.C., martes 01 de diciembre de 2020. Tras ratificarlo como sujeto de los derechos a la vida, salud y ambiente sano bajo la premisa de que la tierra no pertenece al hombre sino este a ella como cualquier otra especie, la Corte Suprema de Justicia fijó el plazo perentorio de un año para que las autoridades nacionales, departamentales y locales competentes pongan en marcha un Plan Conjunto de Recuperación, Manejo, Mantenimiento y Conservación del Parque Nacional Natural Los Nevados.

Aunque Parques Nacionales de Colombia manifestó que acciones similares para la protección del Tayrona, la Amazonia y el río Atrato han demorado más de 24 meses, la Sala de Casación Laboral del máximo tribunal de la jurisdicción ordinaria considera que es un término desproporcionado porque, evitar la degradación y el peligro al que está expuesto el tejido biodiverso de Los Nevados, requiere medidas urgentes e inmediatas.

En consecuencia, al tutelar los derechos fundamentales a la vida, dignidad humana y salud en conexidad con el medio ambiente del ciudadano Juan Felipe Rodríguez Vargas, la Corte ordenó al Gobierno Nacional, departamentos de Caldas, Quindío, Risaralda y Tolima; municipios de Manizales, Ibagué, Pereira, Armenia, Villamaría, Santa Rosa de Cabal, Salento, Anzoátegui, Santa Isabel, Murillo, Villahermosa y Casabianca, y demás autoridades nacionales, regionales y locales involucradas, elaborar de manera mancomunada y coordinada el Plan de intervención especial e integral del Parque Natural Los Nevados, consagrando con precisión y claridad los tiempos, funciones y responsabilidades en las acciones, con los compromisos a corto, mediano y largo plazo. La designación de los respectivos representantes en el equipo que deberá conformarse para emprender las acciones deberá hacerse durante los próximos 15 días.

Según la sentencia, que confirma la decisión adoptada en primera instancia por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Ibagué, en el territorio “confluye un dinamismo económico y de alta demografía, que inciden negativamente en la integridad ecológica del ecosistema del parque”. Además, la afectan las actividades agropecuarias, incendios de cobertura vegetal, ganadería extensiva, introducción de especies invasoras, turismo no regulado, leñateo, entresaca, rocería, tala selectiva y minería ilegal, tal como se consignó en el “Plan de Manejo 2017–2022” elaborado por Parques Nacionales.

El pronunciamiento reiteró las órdenes impuestas en primera instancia al Instituto Geográfico Agustín Codazzi, a la Agencia Nacional de Licencias Ambientales y al Instituto Von Humboldt, dirigidas a actualizar la delimitación del Parque, acompañar la elaboración del plan de recuperación y designar un representante para orientar la realización de dicho cometido, respectivamente.

De otra parte, y como quiera que en el curso de la acción de tutela, Parques Nacionales de Colombia informó “que no tiene control en cerca del 49,5% del territorio del parque debido a la restricción por ‘riesgo público’ que existe en el departamento del Tolima de acuerdo con la ‘Alerta Temprana de Inminencia No 047 de 2019’ emitida por la Defensoría del Pueblo”, la Corte Suprema consideró necesario “ordenar al Presidente de la República, como jefe supremo de las Fuerzas Armadas, designar un grupo especial de las fuerzas militares o de la Policía Nacional que acompañe de manera continua y permanente las labores de conservación, manejo y protección que realiza Parque Nacionales Naturales de Colombia en el Parque Nacional Natural Los Nevados, en especial, en aquella zona de riesgo”. Determinación que fundamentó en los artículos 103 de la Ley 99 de 1993, 8.° de la Resolución n.° 1987 de 30 de noviembre de 2016 y 9.°, parágrafo 1.°, de la Ley 1955 de 2019.

Por su lado, las entidades territoriales departamentales y municipales deben apoyar la recuperación y conservación del parque a través de cuerpos de Bomberos, Defensa Civil y Unidades de Gestión del Riesgo.

Sin embargo, la Corte revoca las disposiciones de primera instancia relativas a la modificación del Plan Nacional de Desarrollo y el Plan de Ordenamiento Territorial y Departamental, porque el juez de tutela carece de facultades para “inmiscuirse en las funciones de otras autoridades, procediendo a desconocer, no solo las funciones legalmente establecidas a dichas autoridades, sino también desconociendo los procedimientos que en materia presupuestal deben surtirse”.

A juicio de la Sala, si bien el actor de la tutela la formuló con el fin de obtener el amparo de sus propios derechos, lo cierto es que la providencia tiene el alcance de proteger los derechos de la humanidad debido a los derechos superiores involucrados.

“El medio ambiente ha ocupado un papel preponderante en la historia reciente de la humanidad, pues la utilización desmedida de los recursos, el crecimiento demográfico, el desarrollo industrial y tecnológico, entre otros factores, ha traído consigo un enorme impacto negativo en las riquezas naturales que, como se sabe, son limitados, circunstancia que ha generado en el colectivo la conciencia de sumar esfuerzos para lograr su preservación y conservación”, consigna la decisión.

Por lo anterior, los instrumentos de derecho internacional, la normativa nacional y la jurisprudencia promueven el compromiso de proteger los recursos naturales como propósito conjunto de toda la humanidad para enfrentar un futuro común.

La sentencia reiteró el interés superior de la naturaleza en el ordenamiento jurídico colombiano y la protección especial que se le otorga. Analizó las visiones antropocéntrica, biocéntrica y ecocéntrica del medio ambiente a fin de determinar, a partir de ellas, cómo debe tratarse y qué protección debe otorgársele, y con fundamento en reiterada jurisprudencia de la Corte Constitucional, concluyó que es el enfoque ecocéntrico el que debe adoptarse, en tanto concibe a la naturaleza como un “[…] auténtico sujeto de derechos que deben ser reconocidos por los Estados y ejercidos bajo la tutela de sus representantes legales, verbigracia, por las comunidades que la habitan o que tienen una especial relación con ella”.

De acuerdo con las pruebas incorporadas a la tutela, “el Parque Natural Nacional Los Nevados es considerado un ícono regional debido a sus importantes ecosistemas de páramos y bosques altoandinos, que se caracterizan por la presencia de tres volcanes nevados que lo visibilizan en toda la eco–región del Eje Cafetero”; constituye el mayor aportante de beneficios ambientales para la población rural y los centros urbanos de los departamentos de Caldas, Risaralda, Quindío y Tolima; y dispone de un enorme potencial hídrico representado por “38 grandes cuencas, 111 microcuencas abastecedoras de acueductos, y lagos, lagunas, represas y aguas subterráneas”. Cuenta con especies endémicas y casi endémicas; posee el 27% de las especies de mamíferos, el 23% de los quirópteros, el 50% de los ratones del género Oryzomys, el 11% de los primates y alrededor del 31% de las especies de aves reportadas en el territorio nacional; sin contar con la innumerable flora que lo compone, entre ellas y como especies más representativas, el frailejón y la palma de cera.

Consulte aquí el contenido completo de la providencia STL10716-2020 emitida por la Sala de Casación Laboral:

[spiderpowa-pdf src=»https://cortesuprema.gov.co/corte/wp-content/uploads/2020/11/STL10716-2020.pdf»]STL10716-2020

Corte Suprema ordena detención del senador Eduardo Pulgar

COMUNICADO DE PRENSA

La Corte Suprema de Justicia, Sala Especial de Instrucción, con fundamento en el artículo 330 de la Ley 600 de 2000 informa, que en decisión proferida el 26 de noviembre de 2020, por mayoría, con un salvalmento de voto, impuso medida de aseguramieto de detención preventiva en establecimiento carecelario al senador de la República EDUARDO ENRIQUE PULGAR DAZA, por la presunta comisión del delito de tráfico de influencias en concurso homegeno, previsto en el artículo 411 del Código Penal. En la misma decisión, la Sala se abstuvo de imponer medida por el delito de violación de los topes o límites de gastos en las campañas electorales, y determinó que, de conformidad con el artículo 354 del Código de Procedimiento Penal no era procedente definir la situación jurídica por el delito de cohecho por dar u ofrecer.

En consecuencia, para la efectividad de la medida se ordenó la captura, sin que encontrara procedente solicitar en forma previa la suspensión del congresista. Lo anterior, sin perjuicio de la decisión que al respecto le corresponde adoptar al Senado de la República con sujeción al artículo 277 de la Ley 5ª de 1992, al que se ordenó comunicar la decisión una vez en firme.

 

Bogotá, D.C., diciembre 1º de 2020.

 

HÉCTOR JAVIER ALARCÓN GRANOBLES

Presidente Sala Especial de Instrucción

Magistrado Eyder Patiño se recupera de accidente de tránsito

Bogotá, D.C., lunes 23 de noviembre de 2020.  Tras sufrir un accidente de tránsito en vías del departamento del Huila, el magistrado de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, Eyder Patiño Cabrera, se recupera satisfactoriamente de las contusiones recibidas, al igual que el escolta con quien se desplazaba en el momento del incidente.

El magistrado Patiño Cabrera y el patrullero de la Policía Nacional que lo acompañaba fueron trasladados a la ciudad de Bogotá, para continuar recibiendo la respectiva atención médica.