FORMATO DE INTERACCIÓN ENTRE TRIBUNALES Y SECRETARÍA

Siendo la Honorable Corte Suprema de Justicia el máximo Tribunal de la jurisdicción ordinaria, la Sala de Casación Penal, dentro de la órbita de su competencia que le confiere la Constitución Nacional y la Ley, en sus múltiples funciones, adelanta la investigación y juzgamiento contra los miembros del Congreso; la etapa de juicio contra el Vicefiscal General de la Nación, los Fiscales Delegados ante la Corte y los Tribunales, el Director Nacional de Fiscalías y los Directores Seccionales de Fiscalías; el Procurador General, el Viceprocurador, los Procuradores Judiciales II, los Agentes del Ministerio Público ante la Corte, ante el Consejo de Estado y ante los Tribunales; los Magistrados de Tribunales, de los Consejos Seccionales de la Judicatura, del Tribunal Superior Militar y del Consejo Nacional Electoral; los Ministros del Despacho, el Defensor del Pueblo, los Directores de los Departamentos Administrativos, el Registrador Nacional del Estado Civil, el Contralor General de la República, los Embajadores y Jefe de Misión Diplomática o Consular, los Gobernadores, y los Generales y Almirantes de la Fuerza Pública.
Así mismo, resuelve los recursos extraordinarios de Casación interpuestos contra las sentencias que en segunda instancia conocen las Salas Penales de los Tribunales Superiores del Territorio Nacional, lleva a cabo el trámite y resolución de las acciones de revisión cuando la sentencia o la preclusión ejecutoriada, haya sido proferida en única o segunda instancia por la misma Corporación o por los Tribunales, las acciones de tutela y las impugnaciones de los fallos que en primera instancia dictan las Salas Penales de los Tribunales, conoce en segunda instancia los recursos de apelación contra los autos y sentencias emitidas por los Tribunales en sus Salas Penales y de Justicia y Paz, resuelve las impugnaciones de habeas corpus, así como emite los correspondientes conceptos en los trámites de extradición, los asuntos de definición de competencia cuando se trate de aforados constitucionales y legales, o de tribunales, o de juzgados de diferentes distritos, los cambios de radicación de procesos de un distrito judicial a otro durante el juzgamiento, y de las solicitudes de execuátur.
De conformidad con lo anterior, le corresponde a su Secretaría, en acatamiento de dicho ordenamiento jurídico y al reglamento interno de la Corporación, notificar de diversas maneras cada una de las decisiones a los sujetos procesales e intervinientes, así como comunicarlas a las distintas instituciones, cuando a ello hubiere lugar; cumpliendo su función desde la radicación del proceso, hasta su envío al Tribunal de Instancia, a la autoridad respectiva o al archivo, según el caso.
De igual manera en acatamiento a lo dispuesto en tales determinaciones, dar celeridad a los diferentes trámites en cumplimiento al principio de eficacia, atender las distintas practicas procesales y diligencias que se le ordenen, y realizar cada una de sus tareas con espíritu de pertenencia, solidaridad y cultura, especialmente teniendo en cuenta la consideración y cortesía debida, en sus relaciones con el público.
Realizar de manera correcta y eficaz las labores que le sean confiadas, conservar y archivar debidamente los documentos en desempeño de las funciones que se le impongan, guardar la estricta reserva que requieran los asuntos relacionados con los distintos trámites, custodiar y responder por los expedientes encomendados y la correspondencia que permanezca a su cargo, en razón de su ejercicio.

Corte Suprema de Justicia

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