Año: 2017
Corte precisa alcance del delito de violencia intrafamiliar
Bogotá D.C., 15 de junio de 2017. El delito de violencia intrafamiliar entre parejas se configura cuando el victimario y la víctima pertenecen a la misma unidad familiar, entendido dicho núcleo en el contexto de la convivencia bajo el mismo techo o espacio familiar.
Así lo precisó la Corte Suprema de Justicia, al indicar que este tipo penal está dirigido a proteger el bien jurídico de la armonía y unidad familiar, no aplicable, entonces, al maltrato de las exparejas que ya no conviven en la misma residencia.
El pronunciamiento lo hizo la Sala de Casación Penal al ratificar la condena de 72 meses a prisión contra un hombre que golpeó a su pareja en el inmueble que compartían en Bogotá, lo que le generó a la víctima una incapacidad médico legal definitiva de 8 días.
Según el proceso, la afectada estaba casada con el agresor desde hacía 11 años, procrearon un hijo y, no obstante sus constantes altercados, vivían en la misma residencia aunque no compartían habitación. Además, allí también residía una hija de la denunciante de una relación anterior.
De igual forma, se demostró que entre víctima y victimario había una unidad doméstica y familiar, no derivada de que tuvieran un hijo juntos, sino de la convivencia cotidiana y permanente que mantenían. Por tal motivo, la Corte desestimó los argumentos de la defensa del procesado que planteó que lo que ocurrió allí fue una riña de carácter pasional, que no configura el delito de violencia intrafamiliar sino el de lesiones personales.
“Tener un hijo en común, entonces, es insuficiente para acreditar la unidad familiar y para suponerla perpetuamente, pues de ser así se llegaría al absurdo de concluir que si una mujer o un hombre tienen varios hijos con diferentes parejas, poseen tantas unidades domésticas familiares como número de hijos con sus compañeros o compañeras transitorios” asegura la decisión.
Por otro lado, la Sala puntualiza que cuando el maltrato a la expareja es causado por quien ya no convive con ella no se materializa el delito de violencia intrafamiliar, sino el de lesiones personales dolosas.
[spiderpowa-pdf src=»https://cortesuprema.gov.co/corte/wp-content/uploads/2017/06/SENTENCIA-VIOLENCIA-INTRAFAMILIAR.pdf»]SENTENCIA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
SC2909
SISTEMA PENAL ACUSATORIO – Prueba documental
SISTEMA PENAL ACUSATORIO – Prueba documental
– Evolución jurisprudencial de la incorporación al juicio oral del documento que se presume auténtico
– Documento que se presume auténtico puede ser incorporado directamente por la parte interesada al juicio oral
– El documento público forma parte de los documentos que se presumen auténticos
– El documento sin presunción de autenticidad debe incorporarse por medio de testigo de acreditación. [SP7732-2017] Continuar leyendo «SISTEMA PENAL ACUSATORIO – Prueba documental»
Lista de aspirantes inscritos a conformar terna para Auditor General de la República
Bogotá D.C., 9 de junio de 2017. La Corte Suprema de Justicia publica a continuación la lista de aspirantes inscritos para conformar la terna de Auditor General de la República, de acuerdo a los términos de la Convocatoria Pública abierta el pasado 4 de junio:
[spiderpowa-pdf src=»https://cortesuprema.gov.co/corte/wp-content/uploads/2017/06/InscritosConvocatoria.pdf»]InscritosConvocatoria
SC211
SC4659
CONTRATO SIN CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS LEGALES
CONTRATO SIN CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS LEGALES
– Se estructura: no se extiende a la ejecución del contrato
– Elementos: elemento normativo (requisitos legales esenciales), determinación de qué requisitos son esenciales según la naturaleza del contrato
– Contratos de las Empresas Sociales del Estado: se rigen por el derecho privado, pero a la vez le aplican los principios generales de la contratación estatal, siempre que se encuentren en los manuales de contratación correspondientes. [SP7322-2017] Continuar leyendo «CONTRATO SIN CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS LEGALES»
LEY DE AMNISTÍA, INDULTO Y TRATAMIENTOS PENALES ESPECIALES (LEY 1820 DE 2016)
LEY DE AMNISTÍA, INDULTO Y TRATAMIENTOS PENALES ESPECIALES (LEY 1820 DE 2016)
Habeas corpus: excepción de inconstitucionalidad de los artículos referentes al habeas corpus de los Decretos 277 de 2017 y 700 de 2017
Habeas corpus: normatividad aplicable, ley 1095 de 2006.
HABEAS CORPUS
No es para discutir la decisión del juez que en ejercicio de su competencia negó la libertad. [AHP3559-2017] Continuar leyendo «LEY DE AMNISTÍA, INDULTO Y TRATAMIENTOS PENALES ESPECIALES (LEY 1820 DE 2016)»
QUERELLA
QUERELLA
Conciliación como condición de procedibilidad: aplicación obligatoria de las reglas establecidas en la Ley 906 de 2004 a casos de ley 600.
La inasistencia injustificada del querellante se entenderá como desistimiento de su pretensión y la del querellado, motivará el ejercicio de la acción penal. [AP3073-2017] Continuar leyendo «QUERELLA»