CORTE SUPREMA DE JUSTICIA – Sala de Casación Penal: competencia, para resolver los recursos de apelación en contra de las decisiones de los Jueces de Ejecución de Penas, en casos de aforados, no se pierde cuando, al resolver la impugnación especial, la condena se mantuvo

  • La Corte Suprema de Justicia decidió los recursos de apelación interpuestos por la defensa técnica y por el sentenciado, contra el auto del 2 de marzo de 2022, proferido por el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, que denegó la libertad por pena cumplida.

  • Fue así como, la Sala de Casación Penal revocó la decisión impugnada, declaró que, el condenado ya cumplió la sanción impuesta por la Corporación en la sentencia del 17 de marzo de 2018 y le concedió la libertad.

Corte Suprema hace entrega de primeros expedientes a la JEP

Bogotá, D. C., 22 de marzo de 2018. Los presidentes de la Corte Suprema de Justicia y  la Sala de Casación Penal de la Corporación, José Luis Barceló Camacho y Luis Antonio Hernández Barbosa, hicieron entrega de los primeros 18 expedientes de la Jurisdicción Ordinaria a la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP.

Entre los expedientes recibidos por la presidente de la Jurisdicción Especial para la Paz, Patricia Linares Prieto, se encuentran los procesos seguidos contra la cúpula de las desmovilizadas Farc, por el crimen de monseñor Isaías Duarte Cancino; el excongresista Luis Fernando Almario Rojas, por los homicidios de integrantes de la familia Turbay Cote, y contra la presunta infiltrada en el Ejército Nacional y posible autora material  del carro bomba que explotó en la Escuela Superior de Guerra, Marilú Ramírez Baquero.

Tanto los procesos contra los miembros del desaparecido secretariado de las Farc, como el adelantado contra la señora Ramírez Baquero, estaban para ser revisados por la Corte en recurso de casación, mientras el expediente contra el exdirigente político Almario Rojas se hallaba en etapa de investigación.

Al hacer traslado de estos primeros expedientes de la Jurisdicción Ordinaria a la Especial para la Paz, que involucran tanto a exguerrilleros como a exmilitares, el magistrado Barceló Camacho expresó plena confianza en el tratamiento que les dará la JEP y la trascendental misión que empieza a cumplir para sellar, a través del componente de justicia, más de 50 años de guerra.

“Si le va bien a la JEP, le va bien al país. Tras la firma del Acuerdo de Paz del Gobierno Nacional con la guerrilla de las Farc, la justicia sigue siendo una sola. Y, en este proceso de transición, tiene que estar acompañada de acciones que nos lleven a conocer la verdad y a reparar el daño causado. Todas las instituciones del país, incluida la Corte Suprema de Justicia por supuesto, debemos apoyar estos procesos que nos llevarán a reconstruir una nación con millones de víctimas ansiosas de encontrar la paz y la tranquilidad que les fue arrebatada en medio siglo de conflicto armado”, manifestó el presidente del máximo tribunal de la Jurisdicción Ordinaria.

EXTINCIÓN DE DOMINIO (LEY 1708) – Juez competente

Cuando haya bienes en distintos distritos judiciales, será competente el juez del distrito con mayor número de jueces de extinción de dominio, o en su defecto, el mayor número de jueces penales del circuito especializado. [AP2019-2017] Continuar leyendo «EXTINCIÓN DE DOMINIO (LEY 1708) – Juez competente»

CONTRATACIÓN ADMINSTRATIVA – Póliza de cumplimiento

CONTRATACIÓN ADMINSTRATIVA – Póliza de cumplimiento: se requiere para la fase de ejecución

CONTRATACIÓN ADMINSTRATIVA – Contrato de prestación de servicios: puede ser a través de contratación directa

CONTRATACIÓN ADMINSTRATIVA – Contratación directa: principios

CONTRATACIÓN ADMINSTRATIVA – Principio de planeación: análisis o estudios de conveniencia, requisito esencial del contrato

CONTRATACIÓN ADMINSTRATIVA – Contrato de prestación de servicios: a través de contratación directa, determinación del plazo de antelación con que debe realizarse el análisis o estudio de conveniencia, análisis de cada caso

 

[spiderpowa-pdf src=»https://cortesuprema.gov.co/corte/wp-content/uploads/novejuri/penal/SP17159-2016(46037).pdf»]

Descargue aquí la providencia SP17159-2016(46037)

SISTEMA PENAL ACUSATORIO – Impedimento

SISTEMA PENAL ACUSATORIO– Impedimento: haber dado opinión sobre el caso, no procede cuando la opinión se emite en el mismo proceso por razón del ejercicio de la competencia funcional, conoce del caso en segunda instancia

SISTEMA PENAL ACUSATORIO– Impedimento: haber participado dentro del proceso, pronunciamiento frente al preacuerdo, si el juez no lo aprueba, no queda impedido para pronunciarse en relación con otro preacuerdo en el mismo asunto

 

[spiderpowa-pdf src=»https://cortesuprema.gov.co/corte/wp-content/uploads/novejuri/penal/AP2690-2016(47779).pdf»]

Descargue aquí la providencia AP2690-2016(47779).pdf