Magistrado Fernando Alberto Castro Caballero da a conocer sentencia contra exgobernador Alejandro Lyons

Bogotá, D. C., 6 de abril de 2018. Tras registrar el aval de la Contraloría General de la República y la Procuraduría General de la Nación al acuerdo suscrito entre la Fiscalía y el exgobernador de Córdoba, Alejandro Lyons Muskus, para que pague la pena de 5 años y 3 meses de prisión por el delito de concierto para delinquir agravado, la Corte Suprema de Justicia selló la primera sentencia contra el exmandatario regional e inició el trámite de su extradición de los Estados Unidos para que purgue esta condena en una cárcel de Colombia.

Al dar a conocer hoy los alcances de la providencia judicial, el magistrado Fernando Alberto Castro Caballero dejó claro que, en este primer proceso que resuelve sobre Lyons, la Sala de Casación Penal sólo se ocupó de evaluar la legalidad del preacuerdo y aceptación de responsabilidad del exgobernador por este único delito de asociarse para delinquir.

La recuperación de los miles de millones de pesos de la defraudación de los dineros del Sistema General de Regalías destinados al desarrollo científico y tecnológico de Córdoba durante el período 2012–2015, y los demás delitos que se le imputan a Lyons y a sus cómplices, son objeto de procesos y expedientes diferentes que están en manos de la Fiscalía General de la Nación y organismos de control.

[spiderpowa-pdf src=»https://cortesuprema.gov.co/corte/wp-content/uploads/2018/04/Sentencia-SP605-2018.pdf»]Sentencia SP605-2018

“… Es pertinente aclarar que el restablecimiento del derecho en torno a la apropiación de los recursos en los términos atribuidos en la audiencia de formulación de imputación, está teniendo lugar en otro trámite al generarse la ruptura de la unidad procesal cuando el ente persecutor, en ejercicio de sus facultades constitucionales, optó por aplicar el principio de oportunidad frente a los delitos de peculado por apropiación y contrato sin cumplimiento de requisitos legales, motivo por el que es en aquel trámite en el que deben postularse las inconformidades en torno a la reparación de los perjuicios y la devolución al Estado de los recursos apropiados”, precisó el magistrado.

En esta primera oportunidad, la sentencia de la Corte deja al descubierto el plan criminal soporte del delito de concierto para delinquir agravado, en el cual el entonces gobernador fue líder de la empresa criminal, no solo por idear los mecanismos con los que sería defraudado el patrimonio del departamento, sino porque siempre estuvo dando instrucciones a sus emisarios para manipular la celebración de los convenios de cooperación a fin de garantizar el pago del 30% del valor de cada uno por concepto de “comisión” a su favor.

Con la aceptación de esta responsabilidad y frente a la solicitud de la Fiscalía de tener en cuenta la voluntad de Lyons de querer colaborar con la justicia, tanto de Colombia como de los Estados Unidos, la Corte encontró que la pena acordada entre Fiscalía y procesado se ajustó a los parámetros de legales dispuestos por la legislación colombiana.

Justicia Iberoamericana avanza en ética y comunicación

Bogotá, D. C., 23 de marzo de 2018. Los desafíos éticos y la relación de los jueces y los medios de comunicación, como objetivos para el 2030, fueron los temas centro de debate en la XIII Reunión de la Comisión Iberoamericana de Ética Judicial, CIEJ, que se llevó a cabo los días 14,15 y 16 de marzo en la ciudad de Santo Domingo-República Dominicana.

La Corte Suprema de Justicia a través del Magistrado Fernando Castro Caballero, Comisionado por la República de Colombia, estuvo presente en el evento en el que se aprobaron los documentos consideraciones éticas respecto del relacionamiento entre los jueces y los medios de comunicación y El Poder Judicial y los Jueces ante los Objetivos de Desarrollo Sostenible 2030 Desafíos éticos. Estos temas de gran actualidad fueron centro de debate en la reunión de la Comisión Iberoamericana.

La Comisión Iberoamericana de Ética Judicial está integrada por nueve miembros y un secretario ejecutivo, elegidos por la Cumbre Judicial reunida en Asamblea Plenaria. Sus cargos son honoríficos y se desempeñan por un período de cuatro años con posibilidad de reelección.

Su actual integración, elegida en abril de 2014, en la XVII Cumbre Judicial Iberoamericana celebrada en Santiago, Chile estableció la siguiente composición: Ricardo Pérez Manrique de Uruguay, Fernando Alberto Castro Caballero de Colombia, Rosa María Magui de Chile, José Manuel Arroyo Gutiérrez de Costa Rica, Carlos Díaz Tenreiro de Cuba, María Luisa Vijil de Laniado de la República de Panamá, David Ordoñez Solís de España,  Xiomarah Altagracia Silva Santos de República Dominicana, Raúl Araújo Filho de Brasil y Luis Francisco Lozano de Argentina.

EXTRADICIÓN – Estados Unidos: principio de doble incriminación

EXTRADICIÓN – Estados Unidos: principio de doble incriminación, el hecho que motiva la extradición debe tener pena privativa de la libertad cuyo mínimo no sea inferior a 4 años.

EXTRADICIÓN – Estados Unidos: principio de doble incriminación, Manipulación fraudulenta de especies inscritas en el registro nacional de valores y emisores, en Colombia tiene pena mínima inferior a 4 años

 

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