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Equidad de Género

 
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Matrimonio

Efectos del matrimonio

Deberes recíprocos que han de presidir la vida matrimonial: cohabitación, fidelidad, socorro y ayuda. El deber de "vivir juntos" no puede circunscribirse a un remedo o apariencia de vida en común. Para que se estructure la causal 21 de separación de cuerpos no es necesario que el cónyuge culpable quebrante la totalidad de sus deberes: basta que omita cualquiera de ellos.

Fecha:26 de abril de 1982 Magistrado Ponente: Alberto Ospina Botero Gaceta: CLXV Pag.79 Ver documento

El matrimonio funda la paternidad legítima

Desde las antiguas civilizaciones el régimen de la familia se funda en el matrimonio como institución de orden público primario que permite inferir con certidumbre la paternidad legítima. Pues si la filiación materna admite prueba directa, no es así con la paternidad, oculta por naturaleza y revelable apenas por presunciones

Fecha:11 de julio de 1960 Magistrado Ponente: José Hernandez Arbeláez Gaceta: XCIII, Pag. 79 Ver documento

 

 

 
     

Dra. Nubia Cristina Salas Salas
Relatora de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia de Colombia
Calle 12 No. 7-65 Teléfono 5622000 Ext 1214 - 1215
Palacio de Justicia Bogotá D.C