Mal se puede sostener que la Ley 68 de 1946 restringe la capacidad civil de la mujer que le habia otorgado la Ley 28 de 1932
La ley 68 de 1946 es exclusivamente una ley interpretativa de los preceptos de la ley 28 de 1932. Si esto es así mal se puede sostener que es un estatuto que restringe la capacidad civil de la mujer que le habia otorgado esta última dispocisión. Lo que pasa es que su alcance lo interpretó el propio legislador, modificando el que a su turno le habia dado, por vía de doctrina, la Corte Suprema de Justicia y Tribunales del país.
Fecha:24 de noviembre de 1948 Magistrado Ponente: Manuel José Vargas Gaceta: LXIV Pag. 807 Ver documento