Magistrado Eyder Patiño se recupera de accidente de tránsito

Bogotá, D.C., lunes 23 de noviembre de 2020.  Tras sufrir un accidente de tránsito en vías del departamento del Huila, el magistrado de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, Eyder Patiño Cabrera, se recupera satisfactoriamente de las contusiones recibidas, al igual que el escolta con quien se desplazaba en el momento del incidente.

El magistrado Patiño Cabrera y el patrullero de la Policía Nacional que lo acompañaba fueron trasladados a la ciudad de Bogotá, para continuar recibiendo la respectiva atención médica.

 

 

Corte Suprema resuelve litigio de fallida venta del antiguo Banco de Caldas

Bogotá, D.C., jueves 19 de noviembre de 2020. La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia selló el litigio promovido por las firmas Coloca y Promotora Universal de Inversiones (Prounida Ltda.), al concluir que el hoy Banco BBVA había cumplido sus obligaciones en la venta de las acciones del antiguo Banco de Caldas.

La Sala dejó parcialmente sin efecto la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Bogotá, según la cual el entonces Banco de Caldas –actual BBVA– tenía que pagar $12.460’769.408 a Coloca Ltda y Prounida Ltda, en razón de la entrega de unos certificados de depósito, que para la época (1982) sumaban $265.000.000, a la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia, Compañía Agrícola de Seguros, Compañía Agrícola de Seguros de Vida, Sucesores de José Jesús Restrepo y Cía., Propaganda Sancho y Cía., Compañía de Seguros Atlas, Compañía de Seguros Atlas de Vida, Progel, Univer, Grupo Central y Hernando De la Roche.

La controversia se remonta al 4 de junio de 1982, fecha en que las sociedades mencionadas prometieron en venta la cantidad conjunta de 18’889.994 acciones del Banco de Caldas S.A. -hoy BBVA Colombia S.A., en favor de a Coloca y Prounida.

En desarrollo de este contrato, Coloca y Prounida constituyeron unos depósitos por $265.000.000, los cuales se entregaron al Banco de Caldas en razón de un negocio fiduciario, con carta de instrucciones para que los pagara al beneficiario una vez aportaran las constancias de cumplimiento expedidas por las Comisión Nacional de Valores y la Superintendencia Bancaria.

Para la Corte, los promitentes incumplieron recíprocamente sus obligaciones, por faltar a los deberes negociales acordados en los convenios preparatorios, de allí que debiera denegarse la resolución de las promesas de compraventa fundada en el incumplimiento de uno solo de los sujetos negociales, así como la indemnización de perjuicios pretendida.

Además, la Corporación decidió mayoritariamente que no existió mal proceder del Banco de Caldas por la entrega anticipada que hizo a los prometientes vendedores de las arras penitenciales pactadas en las promesas, arras que fueron conferidas a título de encargo fiduciario a la entidad bancaria, en razón a que aquella naturaleza penitencial imponía ese traslado. En consecuencia, exoneró al Banco de la responsabilidad que le endilgaron los prometientes compradores y revocó en ese aspecto la decisión de segunda instancia.

Consulte aquí el contenido completo de la providencia SC4445-2020 emitida por la Sala de Casación Civil:

[spiderpowa-pdf src= «https://www.cortesuprema.gov.co/corte/wp-content/uploads/novejuri/civil/SC4445-2020.pdf»] SC4445-2020

EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL – COMPETENCIA

  • De ninguna manera el trámite del proceso puede retrotraerse para que el fallador de primer grado la defina, cuando el asunto se encuentra en el Tribunal o en la Corte. [SP2169-2020(56166)]

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SISTEMA PENAL ACUSATORIO – PRUEBA DOCUMENTAL: EXPEDIENTE PENSIONAL

  • Constituye información semiprivada, lo que descarta la necesidad de intervención de los jueces de control de garantías para su acopio. [AP1809-2020(54542)]

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SISTEMA PENAL ACUSATORIO – VÍCTIMAHABILITACIÓN LEGAL Y CONSTITUCIONAL PARA REALIZAR SU PROPIA INVESTIGACIÓN

  • Le permite recopilar elementos materiales probatorios, evidencia física e información, siempre y cuando los introduzca al juicio a través de la Fiscalía. [SP3579-2020(50948)]

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CORRUPCIÓN DE SUFRAGANTE – BIEN JURÍDICO TUTELADO: LIBRE EJERCICIO DE LA VOLUNTAD DEL ELECTOR

  • No se vulnera por las promesas que tienden a buscar soluciones a escenarios, derivados de problemas sociales. [SP3672-2020(57967)]

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