CORTE SUPREMA DE JUSTICIA – Sala de Casación Penal: competencia, para resolver los recursos de apelación en contra de las decisiones de los Jueces de Ejecución de Penas, en casos de aforados, no se pierde cuando, al resolver la impugnación especial, la condena se mantuvo

  • La Corte Suprema de Justicia decidió los recursos de apelación interpuestos por la defensa técnica y por el sentenciado, contra el auto del 2 de marzo de 2022, proferido por el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, que denegó la libertad por pena cumplida.

  • Fue así como, la Sala de Casación Penal revocó la decisión impugnada, declaró que, el condenado ya cumplió la sanción impuesta por la Corporación en la sentencia del 17 de marzo de 2018 y le concedió la libertad.

RECURSO DE APELACIÓN – Trámite: la Ley no dispone que previo a surtir el traslado a los no recurrentes se les deba anunciar el inicio de ese término

  • La Corte Suprema de Justicia decidió la impugnación especial promovida por los defensores de C.J.C.R., D.F.R.O., D.E.C.A., A.F.R.R. y J.S.P.L., quienes luego de ser absueltos por el Juzgado 33 Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Bogotá, como coautores del delito de hurto calificado agravado, el Tribunal de esta ciudad los condenó como cómplices del referido punible.

 

  • La Sala de Casación Penal revocó la sentencia proferida por el Tribunal Superior de Bogotá y, en su lugar, confirmó la absolución dictada por el juzgado de primera instancia.

 

  • Para ello, en primer lugar, negó la solicitud de nulidad propuesta por el abogado de los procesados, en razón a que, no se les vulneraron los derechos al debido proceso y defensa, pues la Ley no dispone que, previo a surtir el traslado a los no apelantes, se les deba anunciar el inicio de ese término. Aunado a que, el acto de notificación cumplió su propósito, y el defensor con su proceder convalidó la irregularidad.

 

  • Posteriormente, explicó el concepto y los elementos de la coautoría, junto con sus clases; así como las diferencias existentes con la complicidad, determinando que el Tribunal no se percató de que, tanto en la coautoría como en la complicidad, debe mediar el convenio precedente o concomitante con la realización de la conducta y, la diferencia, radica en constatar si tuvieron o no el dominio funcional del hecho.

 

PRESCRIPCIÓN – Revelación de secreto

  • La Sala de Casación Penal decidió el recurso de apelación interpuesto por la defensora de Z.V.M. contra la sentencia proferida por la Sala Única de Decisión del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Quibdó, mediante la cual la condenó como autora del delito de revelación de secreto.

 

  • En esta oportunidad la Corte modificó la sentencia impugnada, en el sentido de suprimir el agravante del inciso segundo del artículo 418 del Código Penal e imponer la pena principal de multa.

 

  • Al respecto, analizó los elementos, configuración y demostración del delito de revelación de secreto, así como la naturaleza y límites del derecho de acceso a la información pública, para concluir que, si bien la procesada incurrió en la conducta delictiva, el perjuicio causado no le es atribuible; determinación que incidió en la tasación de las penas. [SP3796-2022(61872)]

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Mora Judicial – trascendencia

  • El incremento de la conflictividad social y el consecuente número de causas que debe resolver la administración de justicia, no justifica la normalización de la mora judicial (STC13287-2022)
  • Obligación del funcionario judicial de valorar la trascendencia de la mora judicial frente a los derechos del tutelante, como presupuesto de la acción de tutela (STC13287-2022)
  • Obligación del funcionario judicial de demostrar con «razones convincentes», que la mora es ajena al cumplimiento de su deber de diligencia (STC13287-2022)
  • Vulneración del derecho al debido proceso por mora judicial injustificada, del Juzgado 4.° Civil del Circuito de Valledupar para resolver la solicitud presentada en el proceso ejecutivo por el Departamento del Cesar, sobre la satisfacción de las acreencias demandadas con las sumas de dinero retenidas en virtud del embargo, y la consecuente comunicación a las entidades bancarias correspondientes (STC13287-2022)
  • Vulneración del derecho al debido proceso por mora judicial injustificada del Juzgado 4.° Civil del Circuito de Valledupar para resolver el memorial presentado por el ente territorial, dentro del término de 10 días previsto en la ley (STC13287-2022)
  • Trascendencia de la corta mora judicial denunciada por el Departamento del Cesar, al tratarse de recursos públicos destinados a satisfacer las necesidades de la comunidad (STC13287-2022)

[STC13287-2022]

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[Relatoría 126 años] Letra T: índice de jurisprudencia 1.886-1.984

Jueves de volver al pasado…

Los índices de las providencias proferidas por la Corte Suprema de Justicia de Colombia se encuentran disponibles en los distintos formatos de divulgación y en los sistemas diseñados por las oficinas tecnológicas al servicio de la Alta Corte.

Le presentamos a continuación y durante los próximos jueves, el índice alfabético y temático que recoge la información jurisprudencial en el periodo comprendido entre los años 1.886 y 1.984, cuyo repositorio fue tomado del sistema operativo DOS ISIS de la Corte Suprema de Justicia.

#TBT Índice de Jurisprudencia

 

Le invitamos a consultar los demás índices de jurisprudencias disponibles:

Letra A

Letra B

Letra C

[Relatoría 126 años] Letra S: índice de jurisprudencia 1.886-1.984

 

Jueves de volver al pasado…   

Los índices de las providencias proferidas por la Corte Suprema de Justicia de Colombia se encuentran disponibles en los distintos formatos de divulgación y en los sistemas diseñados por las oficinas tecnológicas al servicio de la Alta Corte. 

Le presentamos a continuación y durante los próximos jueves, el índice alfabético y temático que recoge la información jurisprudencial en el periodo comprendido entre los años 1.886 y 1.984, cuyo repositorio fue tomado del sistema operativo DOS ISIS de la Corte Suprema de Justicia. 

#TBT Índice de Jurisprudencia 

 

Le invitamos a consultar los demás índices de jurisprudencias disponibles:

Letra A

Letra B

Letra C

 

Derecho a la Administración de Justicia – mora judicial

Obligación del Consejo Superior de la Judicatura de adoptar las medidas necesarias para conjurar el desconocimiento del derecho de acceso a la administración de justicia por mora judicial (STP13282-2022)

Casos en que a pesar de la justificación, se evidencia un plazo desproporcionado que genera mora judicial (STP13282-2022)

Vulneración del derecho al debido proceso por mora judicial justificada, de la Sala Penal del Tribunal Superior de Antioquia para resolver el recurso de apelación interpuesto por el accionante, contra la sentencia condenatoria que le fue impuesta por el delito de acceso carnal y actos sexuales abusivos con menor de catorce años, aunque la demora no obedezca al incumplimiento negligente o deliberado del funcionario judicial (STP13282-2022)

[STP13282-2022]

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[Programa publicaciones especializadas] Algunos estudios contemporáneos -en materia de responsabilidad médica- de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia de Colombia

Le presentamos la publicación actualizada de los aspectos centrales de la doctrina de la Sala de Casación Civil en materia de responsabilidad médica, a partir del registro de las fuentes normativas, jurisprudenciales y doctrinales que dieron sustento a sus providencias, así como la descripción del contexto fáctico para la resolución de cada caso, en torno a asuntos como:  

  

 Fallecimiento de persona con diagnóstico tardío de apendicitis aguda, tras deficiente prestación del servicio médico, en sus diferentes fases. 

 Fallecimiento de paciente que se somete a procedimiento quirúrgico-sin contar con el respaldo de la comunidad científica- para el control de la obesidad, denominado «surset gástrico de Sales» 

 Pretensión indemnizatoria ante secuelas neurológicas de la paciente de un año de edad, por culpa en el procedimiento quirúrgico cardiovascular de cierre de ductus arterioso persistente.  

Pretensión indemnizatoria en favor del padre y de su hijo -en condición de discapacidad- por daños en la salud, ante deficiente atención médica y asistencial en el nacimiento.

En el siguiente enlace:        

Responsabilidad médica: Algunos estudios contemporáneos de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia de Colombia  

[Programa jurisprudencia al día] Derecho del consumidor inmobiliario: efectividad de la garantía legal

En la sentencia SC2850-2022, proferida por la Sala de Casación Civil, se podrá encontrar, entre otros temas los siguientes: 

️ Derecho del consumidor inmobiliario.  Efectividad de la garantía legal por la calidad, idoneidad y buen funcionamiento de áreas o zonas comunes de edificio de copropiedad.  

️ Exoneración de responsabilidad del productor y proveedor, ante el hecho de un tercero: la demandante decidió a motu proprio impedir los ajustes programados y, por su cuenta y riesgo, asumió su realización con un tercero, sin contar con la autorización del responsable de la garantía legal.  

️ Confusión entre la obligación de garantía legal y las causales eximentes de responsabilidad: si bien existe solidaridad respecto al cumplimiento de la garantía, cuando la víctima decide que los arreglos sean realizados por alguien que no ha sido autorizado, asume los riesgos de su actuar y elimina esta carga del productor y comercializador.  

️ La ley obliga al consumidor a «obrar de buena fe frente a los productores y proveedores y frente a las autoridades públicas».  

 ️ Responsabilidad solidaria de propietario comercializador, gerente y contratista constructor.  

️ Es imperativa la formulación de la reclamación directa al productor y/o proveedor, la cual debe presentarse por escrito, con indicación del defecto, constituyéndose en un requisito para el nacimiento de la obligación legal.  

️ La ausencia de reclamación -en la oportunidad debida- impide que el débito resarcitorio se configure, en tanto nadie puede estar obligado a cumplir una carga de la cual no tiene noticia y que no tuvo oportunidad de consentir u oponerse.  

️ La presentación de la reclamación directa es una condición de la garantía legal. 

️ Interpretación del término para el reclamo judicial que establece el artículo 58 numeral 3º de la ley 1480 de 2011. 

 

SC2850-2022 

[Programa jurisprudencia al día] Pretensiones acumuladas: interpretación de la demanda e incongruencia mínima petita

En la sentencia SC3280-2022, proferida por la Sala de Casación Civil, se podrá encontrar, entre otros temas los siguientes:

️ La necesidad de interpretar la demanda supone que la misma no haga gala de claridad sino de ambigüedad, oscuridad o ambivalencia; por el contrario, si los hechos y pretensiones son claros, no hay razón que justifique una intervención del juzgador en ese sentido.  

️ Revisada la redacción de la súplica consecuencial al decreto de nulidad absoluta de las decisiones cuestionadas, no se advierte confusa o contradictoria.  

️ Es posible que solo al momento de proferir la decisión de instancia, el sentenciador encuentre en la falta de claridad de la demanda un escollo para proveer, lo que no puede convertirse en un obstáculo insalvable para cumplir su deber de resolver en derecho la litis. 

️ Incongruencia minima petita:  pronunciamiento sobre pretensiones acumuladas. 

SC3280-2022