EXTRADICIÓN – Pruebas: solicitud extemporánea

  • La Sala se pronunció negando las solicitudes presentadas por la defensa de D.A.U.D., ciudadano colombiano requerido en extradición por el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de las cuales pretendía: 1) Que se decretara la nulidad de la actuación, alegando la violación al debido proceso; 2) la práctica de unas pruebas; 3) Que el trámite fuera remitido a la JEP; y 4) La revocatoria oficiosa de la providencia que le negó la práctica de unas pruebas. [AP928-2022(60687)]

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LEGÍTIMA DEFENSA – Putativa o subjetiva: concepto

  • La Sala resolvió la impugnación especial presentada por la defensa contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, que revocó la absolución dictada por el Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado de la misma ciudad, por el delito de homicidio agravado, para declararlo, en su lugar, autor responsable de esta ilicitud, para lo cual analizó la causal de exclusión de responsabilidad denominada error de prohibición y legítima defensa subjetiva, percibiendo, al respecto que se configuró el error de prohibición reconocido por el juez de primera instancia, por lo que, se revocó la sentencia condenatoria dictada en segunda instancia por el delito de homicidio agravado y recobró vigencia el fallo absolutorio que, por esta conducta punible, emitió el juzgado de primera instancia.

 

  • Sin embargo, la Corte advirtió la configuración del fenómeno prescriptivo de la acción penal por la conducta punible de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, lo que conllevó a que invalidara la sentencia condenatoria emitida por este delito. [SP727-2022(56518)]

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ACCESO ABUSIVO A UN SISTEMA INFORMÁTICO – Concepto

  • La Corte decidió la demanda de casación y doble conformidad formulada contra la sentencia proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín, que confirmó la condena por el delito de concierto para delinquir y revocó las absoluciones que se habían proferido en primera instancia por los delitos de acceso abusivo a sistema informático y concierto para delinquir, para lo cual estudió las características y elementos de los referidos tipos penales, decidiendo no casar el fallo de condena, no obstante, haber evidenciado que el Ad quem incurrió en un error en al momento de dosificar las penas de prisión y multa por debajo de lo que en realidad correspondía y respecto de la totalidad de los hechos por los que había condenado, en aras de garantizar el principio reformatio in pejus.

 

  • Aunado a ello, pese a que el Tribunal de Medellín, ninguna argumentación presentó respecto de la concesión o no de los subrogados de la suspensión de la ejecución de la pena y prisión domiciliaria, estimó la Sala que, en cumplimiento de los principios de economía procesal, eficiencia y carga útil de las decisiones, le era posible pronunciarse respecto de la concesión del mecanismo sustitutivo, sin que ello estuviera en desmedro de la justicia o de las partes vinculadas al trámite. [SP592-2022(50621)]

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INTERCEPTACIÓN DE COMUNICACIONES – Trámite: si no se respetan las reglas para practicarse o no se solicita su control en los plazos señalados, la prueba es ilegal y no puede hacerse valer en el juicio

  • Al resolver el recurso de casación interpuesto por el defensor de ESHM, contra la sentencia del 30 de noviembre de 2018, proferida por el Tribunal Superior de Cartagena, mediante la cual fue condenado por primera vez como autor de los delitos de falsedad ideológica en documento público y ocultamiento, alteración o destrucción de elemento material probatorio, la Sala estudió los delitos de falsedad ideológica en documento público y ocultamiento, alteración o destrucción de elemento material probatorio, haciendo énfasis en sus particularidades y diferencias, para concluir que,   como el ocultamiento de elemento material probatorio tiene una base fáctica distinta a la falsedad ideológica, es evidente que la fiscalía no demostró el tipo objetivo y su configuración material, de manera que el acusado solo podía ser condenado por el delito de falsedad ideológica y no por el concurso de conductas, razón por la que, en ese punto, absolvió al acusado. [SP569–2022(55024)]

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TRÁFICO FABRICACIÓN O PORTE DE ESTUPEFACIENTES – Elementos: verbos rectores, conservar, elemento subjetivo, intención de consumo o comercialización, demostración

  • Al resolver la impugnación especial formulada contra la sentencia proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín, mediante la cual se condenó al procesado por el delito de tráfico, fabricación y porte de estupefacientes, la Corte analizó si la imputación fáctica realizada fue indeterminada, de tal manera que ocasionara la nulidad de la actuación.

 

  • Para el efecto, la Sala reiteró su jurisprudencia sobre las características que debe reunir la atribución de los hechos jurídicamente relevantes, de cara a sus finalidades en el marco del debido proceso. De igual manera, examinó la valoración de las pruebas llevada a cabo por el Tribunal, para finalmente revocar la sentencia impugnada y, en su lugar, mantener la absolución dispuesta por la primera instancia, al considerar que no fue desvirtuada la presunción de inocencia que cobija al procesado, en aplicación del principio de in dubio pro reo. [SP566-2022(59100)]

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ACCIÓN DE REVISIÓN – Hecho y prueba nuevos: casos de preclusión, cesación de procedimiento o absolución por violación a los derechos humanos, delitos de lesa humanidad o contra el derecho internacional humanitario, procedencia y o requisitos

  • La Corte resolvió la acción de revisión promovida por el Ministerio Público contra la sentencia del 6 de abril de 2001 por medio de la cual el Tribunal Superior de Neiva confirmó la que dictara el Juzgado Único Penal del Circuito Especializado de la misma ciudad el 15 de diciembre de 2000, absolviendo a quienes habían sido acusados como probables coautores del punible de homicidio agravado de que fuera víctima el educador y periodista NCCI.
  • Al respecto, indicó que, la Corte Interamericana, fue reiterativa en indicar que, el proceso se sujetó a los estándares investigativos mínimos y exploró las diversas líneas de investigación; además que, la sentencia demanda fue debidamente motivada y no existe elemento alguno del cual se pueda inferir que fue producto de fraude o colusión; no obstante, un pronunciamiento judicial interno y otro de una instancia internacional de supervisión y control de derechos humanos, aceptada formalmente por nuestro país, constataron la existencia de prueba nueva, no conocida al tiempo de los debates, que podrían incidir sobre la declaración de responsabilidad de FBA, por lo que dejó sin efecto las sentencias dictadas en primera y segunda instancia, en cuanto absolvieron a FBA del cargo por el delito de homicidio agravado por el cual fue acusado y del que fuera víctima NCCl, explicando la forma en que debe contarse el término prescriptivo de la acción penal. [SP352-2022(51188)]

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[Jurisprudencia al día] Lucro cesante: determinación del perjuicio por lesiones a docente en atracción mecánica “montaña rusa” del Parque Nacional del Café. Acumulación de indemnización por seguridad social [SC506-2022]

En la sentencia SC506-2022, proferida por la Sala de Casación Civil sobre responsabilidad contractual, se podrá encontrar, entre otros temas los siguientes:

✔️ Lucro cesante:  determinación del perjuicio ante responsabilidad derivada de obligaciones contractuales del propietario del establecimiento de comercio Parque Nacional del Café, por lesiones sufridas -por docente- al hacer uso de la atracción mecánica “Montaña Rusa”.

✔️ Lucro cesante: carga que tiene el reclamante de perjuicios materiales, de probar cuál fue el menoscabo en su patrimonio, ante la acumulación de indemnización por seguridad social, tratándose de accidente de trabajo y por el sistema de riesgos profesionales que asume el pago de la pensión de invalidez.

✔️ Las prestaciones derivadas del sistema de seguridad social o de riesgos profesionales (pensión de vejez, de invalidez o sobreviviente) no tienen naturaleza indemnizatoria.

✔️ Principios de reparación integral como de equidad y criterios técnicos actuariales, en la valoración de los daños a las personas.

SC506-2022

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JUEZ – Poderes y medidas correccionales: arresto, requisitos

  • La Sala de Casación Penal resolvió el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia proferida por la Sala Especial de Primera Instancia, mediante la cual se condenó al recurrente a 48 meses de prisión e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término, luego de hallarlo autor responsable del delito de privación ilegal de la libertad. En esta oportunidad, la Sala confirmó la decisión, al encontrar probado, más allá de toda duda razonable, que el procesado, en su calidad de magistrado de Sala Disciplinaria, abusando de sus funciones, soslayó el debido proceso y violó de manera flagrante los derechos fundamentales a la defensa y contradicción de un abogado al que sancionó correctivamente con arresto. [SP347-2022(60199)]

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IRA O INTENSO DOLOR – Ira: concepto

  • Al resolver el recurso de casación interpuesto por la defensa contra la sentencia del 8 de mayo de 2018, proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior de Cundinamarca, la Corte casó parcialmente la decisión, efectuando para ello un análisis acerca de la figura de la ira o intenso dolor, así como su diferencia con la legitima defensa; del que concluyó que, el comportamiento del procesado reunía todas las exigencias previstas en el art. 57 del C.P. para atenuar la pena por ira, motivo por el cual, consideró que, los juzgadores de instancia incurrieron en violación directa de la ley sustancial por falta de aplicación de dicha norma. [SP117-2022(54979)]

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[Jurisprudencia al día] Contrato de obra: criterios hermenéuticos de prevalencia, de la condición más importante y de la condición más favorable [SC505-2022]

En la sentencia SC505-2022, proferida por la Sala de Casación Civil sobre contrato de obra, se podrá encontrar, entre otros temas los siguientes:

✔️ Pretensión indemnizatoria por incumplimiento del “Contrato CLCI-0179” para la “prestación de servicios de mantenimiento y pintura de tubería y accesorios en el Campo La Cira Infantas y su área de influencia en el departamento de Santander”.

✔️ Aplicación de los criterios hermenéuticos de prevalencia, de la condición más importante y de la condición más favorable, con el fin de dilucidar el sentido y alcance genuino de la estipulación del contrato en cuanto a la forma de pago.

✔️ Allí se consignó que sería la de “tarifas unitarias y tarifas globales fijas” y de ello deduce la apelante que era un sistema mixto, en tanto que para la demandada la contratación era por “precios unitarios”.

✔️ Interpretación contractual: aplicación de la hermenéutica del artículo 1618 del Código Civil y del criterio de prevalencia, respecto a la verdadera voluntad de los contratantes.

SC 505-2022

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