JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
- Boletines
- Gacetas
- Anuarios de Jurisprudencia
- Publicaciones temáticas
- Responsabilidad civil 1886-2025
- Jurisprudencia de género en perspectiva
- Casación de oficio
- Diccionario jurisprudencial
- Doctrina Probable
- Exequatur
- Norma Sustancial
- Relaciones de consumo
- Relatoría 129 años Antología
- Jurisprudencia 139 años
- Tutoriales consulta de jurisprudencia
NUMERAL 11°
ARTÍCULO 28. COMPETENCIA TERRITORIAL
La competencia territorial se sujeta a las siguientes reglas:
11. En los procesos de propiedad intelectual y de competencia desleal es también competente el juez del lugar donde se haya violado el derecho o realizado el acto, o donde este surta sus efectos si se ha realizado en el extranjero, o el del lugar donde funciona la empresa, local o establecimiento o donde ejerza la actividad el demandado cuando la violación o el acto esté vinculado con estos lugares.
2017
