JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA

Cuantía

 

Fecha: 28 de marzo de 2008
Ponente: Pedro Octavio Munar Cadena
Proceso: Ejecutivo

Juzgados: 1º Civil del Circuito de Bogotá – Unidad Judicial Municipal de Tocancipa-Gachancipa (Cundinamarca)

Asunto: Sometido a reparto un proceso ejecutivo con base en el lugar de cumplimiento del contrato, el juzgado de Bogotá rechazó las diligencias argumentando que el domicilio de la demandada era Gachancipa, que la ejecución del contrato era un cultivo que se encontraba en esa misma localidad, además que la según las pretensiones el asunto era de menor cuantía, remitiendo el asunto. El Juez de Gachancipá rehusó su conocimiento conforme que lo pretendido del litigio era de mayor cuantía, y quien debía conocerlo era su homólogo de Zipaquira, por la jurisdicción. La Sala de Casación Civil, concluyó que ninguno de los juzgados involucrados tenia competencia funcional para conocer del proceso por factor cuantía, interactuando con el domicilio contractual, de manera que envío el expediente al Juzgado Civil del Circuito de Zipaquirá.

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